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TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA EMITE CIRCULAR CON NORMAS ESPECIALES SOBRE LA CONDONACIÓN EXCEPCIONAL DE INTERESES Y MULTAS DE DEUDAS

By 04/11/2020noviembre 10th, 2023No Comments

TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA EMITE CIRCULAR CON NORMAS ESPECIALES SOBRE LA CONDONACIÓN EXCEPCIONAL DE INTERESES Y MULTAS DE DEUDAS

Las normas establecidas en la Circular Nª57 están destinadas a apoyar a aquellas personas, naturales o jurídicas, que se encuentran en una situación económica desfavorable, a raíz de la pandemia o de otra circunstancia de índole socio económica que afecte la fuente de ingresos. En este caso se refiere a los contribuyentes de las regiones del Bío Bío, Araucanía y Los Ríos que están sufriendo por el conflicto social que afecta a aquella zona.

Los afectados por la pandemia pueden optar por la condonación de hasta el 100% de los intereses y multas aplicadas a los impuestos establecidos en la Ley sobre Impuesto a la Renta, en la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios y/o de Impuesto Territorial, sólo para el pago al contado de la totalidad de la deuda morosa registrada por un RUT o ROL de contribuciones.

En tanto, los contribuyentes afectados por el conflicto social que afecta a las regiones del Bío Bío, Araucanía y Los Ríos, podrán acceder a los siguientes beneficios:

  • Facilidades de pago, a través de la suscripción de convenios de pago, donde el porcentaje de condonación a aplicar a los intereses y multas devengados por las deudas sujetas a este acuerdo de pago, corresponderá a un 100%, siempre que el convenio de pago se celebre por el total de la deuda morosa y se mantenga vigente. Los convenios podrán otorgarse hasta con un máximo de 24 cuotas, incluidas en estas la cuota contado (o pie) y la cuota de ajuste.
  • Condonación, de hasta el 100% de los intereses y multas, para pagos al contado de la deuda, sea que por medio del mismo se haga pago de la totalidad de un folio o cuota de contribuciones morosa, o de la totalidad de la deuda registrada respecto de un RUT o ROL de contribuciones.

El plazo para optar a estos beneficios es hasta el 31 de diciembre de 2020. Los contribuyentes afectados por el conflicto social en el sur, que deseen beneficiarse con las normas especiales de condonación deberán acreditar su condición de víctimas de violencia rural ante la Intendencia Regional o Gobernación Provincial.

El beneficio de condonación y suscripción de convenio de pago puede ser solicitado en cualquier Tesorería del país, pero la gestión de estos beneficios se realizará solo por los Directores Regionales Tesoreros de la Araucanía, Bío Bío y Los Ríos, así es que la documentación sería derivada a las tesorerías antes mencionadas.

Para más información pueden visitar el sitio web de la tesorería o llamar al teléfono de orientación (02)227689800 de la mesa de ayuda de la TGR.